La sucesión por causa de muerte se refiere al proceso legal mediante el cual los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida (llamada «de cujus» ) son transferidos a sus herederos o legatarios. Este proceso puede variar según el hecho del que el de cujus haya dejado o no testamento en el cual haya dispuesto cuál sería el destino de sus bienes después de su fallecimiento, grosso modo se sigue un conjunto de pasos comunes:
- Inicio del Proceso:
- Declaración de Fallecimiento: Se presenta la constancia de fallecimiento ante las autoridades competentes.
- Ubicación del Testamento: Si existe un testamento, este se busca y presenta ante la notaria o juzgado según corresponda.
- Designación de un administrador de herencia
- Se designa a un «administrador», para manejar la sucesión.
- Inventario y avalúo :
- Se realiza un inventario y posterior avalúo de los bienes del fallecido y que harán parte de la masa sucesoral.
- Deudas y obligaciones:
- Las deudas y obligaciones del fallecido deberán incluirse en la masa de la sucesión, las cuales serán pagadas utilizando los activos de la herencia.
- Partición – Distribución de bienes:
- Después de pagar deudas, impuestos y otros gastos, los bienes restantes se distribuyen entre los herederos según las disposiciones del testamento o el marco normativo referente a la sucesión intestada (cuando no hay testamento).
Cada sucesión y cada caso es completamente diferente, si requieres asesoría adicional estoy disponible para ser contactada.
